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fallo

Lun 9 Nov 2015

La arrogancia de ir contra Dios

Por: Mons. Edgar de Jesús García Gil -Esta noticia: “Los magistrados de la Corte Constitucional en su Sala Plena aprobaron la adopción igualitaria sin condiciones en Colombia con 6 votos a favor y 2 en contra”, es sin lugar a dudas la señal más clara de cómo en nuestra querida patria Colombia estos señores y señoras que cuidan e interpretan nuestra carta magna han realizado un atentado grave no sólo contra la dignidad y respeto de los niños, no sólo contra lo sagrado que es la familia, no sólo contra la Iglesia que siempre defiende los derechos y deberes de cada persona y de todas las personas, sino directamente contra Dios. Manipulados por las ideologías del género han querido imponer una orientación completamente contraria a lo propuesto por Dios desde el comienzo de la creación. Sería bueno preguntarles a ellos mismos si devolviendo su vida a la primera infancia ¿estarían de acuerdo para ser criados y educados por parejas de homosexuales y lesbianas? Lo que son ahora se lo deben a que tuvieron una familia que los acogió y les brindó con mucho esfuerzo una calidad de vida que siempre tuvo como referentes a un varón papá, a una mujer mamá y a unos hermanitos. ¿O acaso, ellos se creen más que Dios para cambiar las reglas del delicado juego de la vida? Durante milenios de milenios la humanidad se ha multiplicado respetando la propuesta natural del matrimonio y de la familia. Por eso, ahora, no vengan a decirnos cómo debemos manejar la vida de los niños y niñas de Colombia, que pueden ser adoptados perfectamente por matrimonios y familias bien constituidas. La vida de cada ser humano tiene su verdadera cuna de formación básica en las familias como Dios las estableció desde el comienzo de la creación. Génesis 1, 27 Creó, pues, Dios al ser humano a imagen suya, a imagen de Dios le creó, macho y hembra los creó. 28 Y los bendijo Dios, y les dijo Dios: «Sean fecundos y multiplíquense y llenen la tierra y sométanla» Nosotros obedecemos a Dios y no a los hombres.

Mar 20 Oct 2015

Ante un fallo inicuo

Escrito por: P. Mario García Isaza La Corte Suprema de Justicia, ante la cual había sido interpuesta apelación de un fallo del tribunal de Ibagué, ha emitido el suyo, en relación con la demanda instaurada contra la Diócesis de Líbano-Honda por abusos sexuales con menor de edad, cometidos por un sacerdote. En la inicua sentencia se condena a la Diócesis, y se la obliga a pagar una gran suma de dinero como reparación a las víctimas. Las reacciones de los medios de comunicación con mayor poder y difusión, - El Espectador, El Tiempo, Semana, las cadenas de TV...- han sido una muestra más, - ¡por si hiciera falta! - , de su inocultable malquerencia para con la Iglesia Católica. Columnistas ha habido que sin el menor recato han expresado el júbilo que les provoca cualquier cosa que mancille la imagen de la Iglesia o pretenda quitarle piso a su tarea pastoral. Tal, por citar uno, el caso del señor Felipe Zuleta, ( el mismo que demandó a un Señor Obispo porque exponía argumentos contra la posible adopción de niños por parte de parejas homosexuales...) quien, en El Espectador, parece solazarse ante la perspectiva de que ahora se venga una cascada de sentencias contra la Iglesia; de sujetos como él, sería ingenuo esperar una reacción distinta; pero es que hasta intelectuales habitualmente ponderados y sesudos, como Abdón Espinosa Valderrama, parecen haber perdido la objetividad y la lucidez : en su columna de El Tiempo, considera un triunfo de la justicia lo que a todas luces es una perversa decisión de la Corte. Lo sucedido nos causa profundo dolor. Y cuando digo lo sucedido, me refiero tanto a los hechos innombrables del abuso cometido contra niños inocentes por un miembro del clero, como a la sentencia de la corte. Una y otra cosa encierra una atroz iniquidad. Tan injustificable y aberrante como el pecado cometido por el abusador, es la sentencia proferida por el alto tribunal. No es verdad, como los medios a que me he referido afirman, que la Iglesia, universal o particular, haya sido connivente cuando se han cometido abusos; no lo es que la Diócesis ahora injustamente condenada no haya hecho cosa alguna en favor de las víctimas. Sé, y puedo aducir pruebas, que antes que muchas otras diócesis, la de Líbano-Honda tenía un Código de protección de menores, sustentado con un Decreto episcopal; sé, así mismo, que de manera inmediata, al denunciarse los hechos, la misma autoridad diocesana destituyó al sacerdote, antes de cualquier juicio y de manera preventiva; sé que, manifestó su deseo de colaborar incondicionalmente con la autoridad civil; sé que, antes de que se diera un veredicto condenatorio de los tribunales, el clérigo recibió la máxima pena que puede infligirse a un sacerdote: la suspensión del ministerio sacerdotal; y además, se inició, ante la Santa Sede, el trámite conducente a la expulsión del ministerio, que culminó bajo el actual Pontífice, el papa Francisco. Por otra parte, el Señor Obispo, desde el primer momento, buscó el contacto con las víctimas y su familia, e hizo cuanto estaba a su alcance para brindarles ayuda; esa solicitud está documentada en acta oficial, después de una visita del padrastro de los niños abusados. Los cuales recibieron, mientras fue posible, ayuda a través del Hogar del Niño, fundación diocesana. Todo lo que se diga en contrario es flagrante mentira. Pero los interesados en zaherir a la Iglesia no se toman el trabajo de indagar, antes de pronunciarse, sobre las acciones y medidas que los superiores eclesiásticos han tomado para prevenir y para castigar cualquier delito cometido por un clérigo. ¿Será honesto ese proceder? ¿Tendrán los medios de comunicación social derecho de actuar con tan poca objetividad y de manera tan evidentemente proclive en contra de la Iglesia? Me pregunto, y con seguridad lo hacen muchísimos otros: ¿por qué se condena a la Diócesis por el delito cometido por un sacerdote? ¡Dizque porque él es un "empleado" de la institución! ¡Vaya solidez de argumento! El clérigo no cometió su crimen en ejercicio de su ministerio sacerdotal; las circunstancias de los hechos no fueron, en manera alguna, las que rodean el cumplimiento de dicho ministerio; fueron actos cumplidos en tiempo y lugar en que la persona no actuaba "quatenus sacerdos", en cuanto sacerdote; actos absolutamente particulares, de un individuo, no en razón o en función del cargo a él encomendado por la autoridad eclesiástica; y eso no queda desvirtuado por el hecho, innegable, de que se haya prevalido de su rol y de su imagen para lograr más fácilmente su protervo propósito. Y nos preguntamos también, muchísimos : según esta "jurisprudencia" de la inefable corte, si un militar, o un maestro, o un médico, comete abuso sexual contra niños, si el hecho se da no en momentos o circunstancias en que ellos desempeñan su oficio como tales, sino, por ejemplo, en su casa, cuando no están ejerciendo su cargo, ¿ será condenado a pagar el ejército, o el ministerio de educación, o el hospital en que trabaja el profesional, ya que ellos son "empleados" de tales instituciones?... ¡ Sería lo lógico...! Pero no, es que no se trata de la Iglesia... Padre, Mario García Isaza C.M, Formador, seminario mayor, Ibagué

Jue 15 Oct 2015

Sereno reclamo ante un fallo

Escrito por: Mons. Libardo Ramírez Gómez Hemos tenido fallo de la Corte Suprema (07-10-15), para algunos "histórico" porque se ha condenado a una Diócesis de la Iglesia Católica a dar considerable cantidad de dinero a los padres de unos menores, que lamentablemente fueron abusados sexualmente por un Sacerdote perteneciente a este Iglesia. Diversas reacciones se han tenido ante algo que pone en la mira a una entidad de milenaria tradición, bien llamada "madre y maestra" de pueblos y generaciones, que ha cultivado entre todos sus integrantes rectitud y limpieza de costumbres, pero en la cual, compuesta por elemento humano, aparecen fallas que ella lamenta, y sobre las cuales aplica duras sanciones. Mi primera reacción es compartir el dolor de nuestra madre Iglesia, y condenar los dolorosos desvíos de hijos suyos, a quienes ha procurado formar con gran solicitud, pero con algunos que la deshonran y entristecen con comportamientos como los del aludido Sacerdote, cuyo castigo a varios años de prisión acepta, como sanción ejemplar a quienes traspasan sus enseñanzas. Pero el fallo va más allá de ese plano, al imponer sanciones a esa madre diligente, que ha procurado por todos los medios formar bien a sus hijos, como sí fuera ella responsable de delitos de uno de ellos, en condiciones incontrolables, y sin estar en ello representándola.Muchos, por falta de objetiva visión, están de acuerdo con jueces que obstinadamente desoyen razonamientos serios y de hondo calado como los expuestos en bien ponderado recurso ante la Corte Suprema por eminente jurista, ante anterior fallo del Tribunal Superior de Ibagué, que condenó, en forma similar, a la comunidad diocesana de Líbano-Honda. Que llegue a unos dolidos padres alivio material, es signo de condolencia humanitaria compartible, pero es inaceptable que sea como aplicación de la justicia, cuando ha habido solícito comportamiento del Obispo de la entidad sancionada, y que toda una feligresía haga esa erogación, pues no es para sus directivos sino para toda ella la sanción. Insisten los condenadores a esa comunidad diocesana en que el Sacerdote estaba "actuando dentro de sus funciones, aprovechándose de su actividad pastoral y sacerdotal", cuando lo ocurrido fue en vía totalmente contraria de ello. No fue con ocasión de un Sacramento, ni en convocatoria a una actividad parroquial, sino como ayuda personal a una familia necesitada, a quien se daba la mano hospedando a unos niños, pero que, por proclives instintos, viene a realizarse algo totalmente personal, nada en relación con su misión de pastor. Mil vueltas da el texto del fallo para tratar de convencer de su tesis condenatoria contra la Iglesia, con manifiesta desatención a ponderados razonamientos jurídicos en contra, que les fueron expuestos. Importante tarea tienen connotados juristas para exponer las inconsistencias de este proceso, en busca de ponderada justicia, para que sea revisado. En el fondo lo grave no es tanto la cuantiosa suma de dinero que deban aportar la feligresía de una Diócesis, sino en lo que bien se ha señalado como "ultrajante a la madre Iglesia", al colocarla, desenfocadamente, unos jueces, como delincuente, que ha de "pedir perdón", de algo en nada culpable, pues con solicitud hizo cuanto le correspondía. Con repetidas citas del Derecho Canónico se han querido reforzar los fallos condenatorios a la Diócesis, tapando los oídos a los evidentes llamados a no acudir a esa respetable legislación, que no es la que ha de dirimir en el caso lo de "responsabilidad civil", y cuya interpretación y aplicación, no corresponden a Jueces no versados en esa materia, sino a la misma Iglesia. Con serena imparcialidad se hace este reclamo de verdadera justicia, dejando de lado cierto gozo que manifiestan algunos porque se castigue a nuestra querida madre Iglesia, siempre responsable y honesta. + Libardo Ramírez Gómez Expresidente del Tribunal Eclesiástico Nacional Email: [email protected]