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Mons. Luis Rodriguez

Mar 26 Abr 2016

Los cuerpos de los difuntos deben ser tratados con respeto

Por: Mons. Luis Fernando Rodríguez Velásquez - Sobre el tema de la donación y trasplantes de órganos de vivos y de difuntos, la Iglesia Católica ha sido clara en su doctrina. El Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica, que resume la doctrina católica a manera de preguntas y respuestas, plantea una pregunta muy acorde al momento que se vive en Colombia ante la inminente sanción por parte del Presidente de la República del proyecto de Ley aprobado en el Congreso, donde se declara a todos los ciudadanos colombianos donantes de órganos si en vida no hacen expresa su voluntad de no ser donantes de órganos después de muertos. Es decir, como se afirma, se protocoliza la denominada “presunción legal de aprobación” por el silencio o por no haber rechazado ser donantes. Se elimina el requisito de la aprobación por parte de la familia del fallecido, asumiendo el Estado la decisión de hacer uso de los órganos del difunto para donarlos. Para los católicos, la doctrina es simple y se sintetiza así: “¿Se permiten el trasplante y la donación de órganos antes y después de la muerte? R/. El trasplante de órganos es moralmente aceptable con el consentimiento del donante y sin riesgos excesivos para él. Para el noble acto de la donación de órganos después de la muerte, hay que contar con la plena certeza de la muerte real del donante” (Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica, número 476, que remite al número 2296 del Catecismo) El Catecismo es muy claro en las directrices sobre este tema: “Los cuerpos de los difuntos deben ser tratados con respeto y caridad en la fe y la esperanza de la resurrección. Enterrar a los muertos es una obra de misericordia corporal (cf. Tb. 1, 16 – 18), que honra a los hijos de Dios, templos del Espíritu Santo” (n. 2300). El don gratuito de órganos después de la muerte es legítimo y puede ser meritorio” (Catecismo, 2301) Es verdad que ya muchos países tienen legislada esta materia. Pero en nuestro caso, que todavía desconocemos la integralidad del texto de ley, surgen una serie de interrogantes que vale la pena poner sobre la mesa. Primero. El punto de partida es que la Iglesia no rechaza esta práctica, antes bien, la motiva como acto de solidaridad y de caridad, siempre que se cumplan una serie de requisitos que tienen que ver directamente con la voluntad del fallecido, como también con el respeto a su historia personal y a su familia. La pregunta sería: ¿Cómo se contempla en la ley el respeto a la dignidad del ser humano vivo y difunto? Segundo. El Catecismo enuncia un principio esencial: “que se tenga plena certeza de la muerte real del donante”. En España, por ejemplo, la reglamentación de esta práctica exige que sean tres los médicos que dictaminen dicha muerte. Por otra parte, es primordial que no se aceleren los procesos de muerte y que no se negocie con los órganos. La pregunta sería: ¿Cómo asegurar que se cumplan estos requisitos? Tercero. Está vigente todavía en la Constitución Colombiana, el artículo 18 que afirma que “se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia”. La pregunta sería: ¿En caso de que una familia, católica o no, amparados en el artículo anteriormente presentado, esgrima argumentos religiosos o éticos para impedir que del familiar fallecido se extraigan órganos, esta decisión será respetada? Cuarto. ¿Cuál será el procedimiento para que un ciudadano haga valer su voluntad de no ser donante? ¿Ante quién se haría? Este escrito es simplemente un eco acerca de un tema que seguramente abrirá muchos debates cuando se trate de la implementación y reglamentación de la ley que ya no sería sólo de donación de órganos, pues la donación es fruto de un acto de la voluntad del sujeto vivo que desea ayudar a otras con sus órganos a superar una enfermedad, sino un acto unilateral del Estado, a través del servicio de salud, que hace uso del cuerpo de un muerto, así él no hubiera dicho nada, para atender el legítimo deseo de un enfermo de superar sus dolencias Que no se olvide nunca lo que dice el Catecismo, que “los cuerpos de los difuntos deben ser tratados con respeto”. + Luis Fernando Rodríguez Velásquez Obispo Auxiliar de Cali

Mar 19 Abr 2016

La alegría del amor – primeras reflexiones

Por: Mons. Luis Fernando Rodríguez - Acaba de regalar el Papa Francisco a la Iglesia y a todas las personas de buena voluntad, la Exhortación Apostólica Postsinodal AMORIS LAETITIA, la alegría del amor, sobre el amor en la familia. Este es el resultado de los trabajos de los sínodos extraordinario y ordinario sobre la familia, realizados en Roma en octubre de 2014 y 2015 respectivamente. El mismo Papa en el número seis describe la estructura y el contenido básico presente en los nueve capítulos del documento con los 325 numerales.Dice así el Sumo Pontífice: “En el desarrollo del texto, comenzaré con una apertura inspirada en las Sagradas Escrituras, que otorgue un tono adecuado. A partir de allí, consideraré la situación actual de las familias en orden a mantener los pies en la tierra. Después recordaré algunas cuestiones elementales de la enseñanza de la Iglesia sobre el matrimonio y la familia, para dar lugar así a los dos capítulos centrales, dedicados al amor. A continuación destacaré algunos caminos pastorales que nos orienten a construir hogares sólidos y fecundos según el plan de Dios, y dedicaré un capítulo a la educación de los hijos. Luego me detendré en una invitación a la misericordia y al discernimiento pastoral ante situaciones que no responden plenamente a lo que el Señor nos propone, y por último plantearé breves líneas de espiritualidad familiar”. Haciendo caso a lo que nos pide el Papa de que “no recomiendo una lectura general apresurada” (AL, 7), he considerado útil en esta primera reflexión, destacar algunos aspectos interesantes del documento: La continuidad del magisterio respecto del matrimonio y la familia. Personalmente diría, que es una traducción en lenguaje sencillo, coloquial, misericordioso, de la doctrina evangélica y eclesial que podemos encontrar tanto en la Sagrada Escritura, como también, por ejemplo, en el Concilio Vaticano II, el Catecismo de la Iglesia Católica, los documentos de Juan Pablo II Familiaris Consortio y Evangelio Vitae, y la Deus Caritas Est, de Benedicto XVI. No están exentas sendas reflexiones más técnicas y filosóficas, sobre todo en lo que tiene que ver en la forma de entender la norma moral y el discernimiento pastoral, como aparece en el capítulo octavo. La pertinencia del contenido. El Papa habla, de “mantener los pies en la tierra” (AL, 6) cuando se refiere al análisis de la realidad y la situación actual de la familia, que no sólo está presente en el capítulo segundo, sino prácticamente de forma transversal a lo largo de todo el texto. El Papa parte de hechos e informes reales que se puede deducir de las certeras y fraternas recomendaciones de diversa índole, que hace, sobre todo en los capítulos cuarto, quinto y séptimo. La conversión pastoral. Retoma el Papa su invitación hecha al pueblo de Dios en la exhortación Evangelii Gaudium y en la Bula MitisIudex DominusIesus, a que con creatividad, los pastores y líderes de pastoral familiar asuman el reto de evangelizar las familias, en todas sus realidades, acompañándolas, discerniendo e integrando caso por caso, comenzando por las que están bien, hasta llegar a las que él mismo denomina, familias “en situaciones irregulares”. La pastoral familiar diocesana y parroquial ha de fortalecerse. La recuperación del sentido del amor conyugal. En los capítulos cuarto y quinto, casi como retomando y releyendo el capítulo 13 de la carta San Pablo a los Corintos, el conocido himno de la caridad “el amor es comprensivo, el amor es servicial…”, el Papa propone la forma como debe ser vivido el amor en familia y cómo ese amor ha de ser el eje para la felicidad de todos los que conforman la institución familiar, comenzando por el varón y la mujer, padre y madre, que hacen parte del “designio de Dios sobre el matrimonio y la familia” (AL, 251). Ante la desvirtualización del amor que se ha vuelto egoísta, el Papa propone la vivencia de un amor conyugal generoso, abierto y alegre. La dimensión misionera. Es un aporte bien significativo de la Exhortación. Motiva desde lo que denomina “la lógica de la misericordia pastoral” (AL, 307), primero, en los casos complejos, después de un adecuado discernimiento pastoral, a “identificar elementos que favorezcan la evangelización y el crecimiento humano y espiritual” (AL, 293) y, segundo, a acompañar las personas de toda condición, creyentes y no creyentes, teniendo en cuenta el punto de partida de que “hay que evitar los juicios que no toman en cuenta la complejidad de las diversas situaciones, y hay que estar atentos al modo en que las personas viven y sufren a causa de su condición” (AL, 296). De esta forma, se aplica aquello de que la Iglesia debe estar en salida, es decir, al encuentro de todos. Esta dimensión misionera está marcada, como lo ha dicho el mismo Papa, por la misericordia, pues “procura alentar a todos para que sean signos de misericordia y cercanía allí donde la vida familiar no se realiza perfectamente o no se desarrolla con paz y gozo” (AL, 5). En síntesis, Amoris Laetitia es un nuevo llamado a renovar la confianza en la familia, reconociendo que es don de Dios para bien de los esposos, sus hijos y la entera sociedad. + Luis Fernando Rodríguez Velásquez Obispo Auxiliar de Cali