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Motu proprio para "regular" fondos, fundaciones y entidades de la Curia Romana

Mié, 07/12/2022 - 07:00 editorCEC1

Tags: motu proprio papa francisco economía del vaticano carta apostólica santa sede iglesia católica

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Motu proprio finanzas del vaticano

El Papa Francisco promulgó este 06 de diciembre una carta apostólica en forma de “Motu Proprio” sobre las “personas jurídicas instrumentales de la Curia Romana” en el que reafirma la importancia del control y la vigilancia de las transacciones financieras, la misma entrará en vigor a partir del 08 de diciembre de 2022.
 

"Regular también los diversos fondos, fundaciones y organismos que, a lo largo de los años, han nacido dentro de las instituciones curiales y que dependen directamente de ellas", es el objetivo expreso de la carta apostólica en forma de Motu Proprio, sobre las personas jurídicas instrumentales de la Curia romana, emitida por el papa Francisco, a la luz de la nueva estructura institucional establecida con el Praedicate Evangeliium y publicada por la Oficina de Prensa de la Santa Sede.
 

El que es fiel en las cosas pequeñas, también es fiel en las cosas importantes”: el capítulo 16 del Evangelio de Lucas es citado por Francisco al introducir la carta apostólica, que se aplica a las personas jurídicas instrumentales, es decir, a fondos, fundaciones y entidades que se refieran a la Santa Sede, inscritas en la lista a que se refiere el artículo 1 § 1 del Estatuto del Consejo de Economía y con sede en el Estado de la Ciudad del Vaticano.
 

Control y vigilancia
Aunque estas entidades tengan una personalidad jurídica formalmente separada y una cierta autonomía administrativa, debe reconocerse -escribe el pontífice- que son instrumentales en la realización de los fines propios de las instituciones curiales al servicio del ministerio del Sucesor de Pedro y que, por tanto, también 'son, salvo disposición en contrario de la legislación que las instituye de algún modo, entidades públicas de la Santa Sede'", se expresa en la Carta. Y, en el mismo sentido, se sostiene que, por lo tanto, siendo sus bienes temporales parte del patrimonio de la Sede Apostólica, "es necesario que estén sujetos no sólo a la vigilancia de las instituciones curiales de las que dependen, sino también al control y vigilancia de los órganos económicos de la Curia romana".
 

De este modo, las personas jurídicas instrumentales serán, según el documento publicado, "claramente distinguidas de otras fundaciones, asociaciones y entidades sin fines lucrativos", que "nacen de la iniciativa de particulares y no son instrumentales para la realización de los fines propios de las instituciones curiales". Las personas jurídicas instrumentales existentes deberán cumplir con las disposiciones del Motu Proprio dentro de los tres meses posteriores a su entrada en vigor, prevista para el 8 de diciembre de 2022.
 

El papel de la Secretaría de Economía
El motu proprio está compuesto por ocho artículos. El tercero se refiere a la supervisión y control en materia económico-financiera, disponiéndose que la Secretaría de Economía ejerza la supervisión y control sobre las personas jurídicas instrumentales de conformidad con su estatuto y, en el ámbito de su competencia, adopte o recomiende la adopción, por parte de las personas jurídicas instrumentales, de medidas adecuadas para la prevención y contraste de actividades delictivas.
 

Los artículos cuarto y quinto regulan los registros contables y el intercambio de información, disponiéndose, entre otras cosas, que las personas jurídicas instrumentales deberán presentar el presupuesto y balance final a la Secretaría de Economía en los plazos que establezca la misma Secretaría. Y en ellos se dispone también que la Secretaría de Economía y la Contraloría General siempre podrán acceder a los registros contables, y a los documentos de respaldo e información relacionados con transacciones financieras.
 

El artículo 6to. se refiere a la extinción y devolución de los bienes, y especifica cómo las personas jurídicas instrumentales pueden ser suprimidas y puestas en liquidación por decreto de la Institución curial, de la que dependan canónicamente, cuando el fin se haya logrado o bien resulte imposible o contrario a la ley, o -en el caso de las asociaciones- cuando la reducción del número de sus miembros impida su funcionamiento.
 

Ante la necesidad de dotar de una disciplina orgánica y actualizada a las personas jurídicas domiciliadas en el Vaticano, la Pontificia Comisión para el Estado de la Ciudad del Vaticano ha promulgado también una ley - que entrará asimismo en vigor el 8 de diciembre de 2022- que amplía la aplicación del motu proprio a las entidades del Estado de la Ciudad del Vaticano. 
 

Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la ley las instituciones curiales y las oficinas de la Curia romana, las instituciones asociadas a la Santa Sede, la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano y las entidades que ejercen profesionalmente actividades de carácter financiero. 
 

La disposición forma parte de las reformas esbozadas por el Papa en la constitución apostólica Praedicate evangelium.
 

Fuente: Agencia católica AICA

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