Lun 2 Dic 2024
“El divorcio exprés”: una píldora que no sana
Por Mons. Miguel Fernando González Mariño - Colombia es un país de leyes, un país tan cristiano en su cultura y, al mismo tiempo, laico en su Estado Social de Derecho. Por ello, en las últimas décadas, con especial incremento desde 1991, han venido haciendo carrera, decisiones judiciales, la expedición de leyes y de normas del orden ejecutivo, que contradicen lo que los ciudadanos de a pie generalmente tienen por cierto y han defendido como sistema de valores, sobre el respeto y la conservación de la vida humana en todas sus etapas, la familia y sus creencias más genuinas.Con ello, se busca proteger las libertades, según el discurso de quienes las promueven. Sin embargo, lo que viene ocurriendo, es la supresión de las creencias religiosas que históricamente han formado integralmente a la mayoría de los colombianos, y que han iluminado su conciencia, apostándole a un cambio de mentalidad aparentemente inclusivo, en el que no caben quienes defienden, entre otras cosas, la moral cristiana, la ley natural y el derecho natural, que son, sin duda, patrimonio de la historia del país.En esa línea, de un laicismo desbordante y no un simple Estado Social de Derecho de corte laico, el martes 26 de noviembre de 2024, surge, la aprobación, por parte de la Cámara de Representantes en último debate, del proyecto que permite el divorcio de forma unilateral, que se convertirá en ley, una vez sea conciliado en el Congreso y sancionado por el Presidente de la República. En consecuencia, se incorpora al artículo 154 del Código Civil, la causal de divorcio número 10, “La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges”.Con la nueva causal de divorcio, que se hace ante un Notario Público o ante un Juez de la República, divorciarse, se convierte en un mecanismo aún mucho más fácil desde el punto de vista legal. Ya no será necesario contar con el acuerdo de ambas partes, esperar dos años de separación de hecho o probar la culpa del demandado y recurrir a las causales actuales. Con divorcio unilateral, los colombianos podrán separarse sin necesidad del consentimiento de la otra parte, como estaba establecido hasta ahora. “El divorcio exprés”, se convierte prácticamente en el mecanismo preferencial para divorciarse en el país.Recordemos que el Divorcio “es el trámite que legalmente se debe realizar para dar ruptura al vínculo matrimonial. Con el divorcio se establece la anulación del contrato de matrimonio, las responsabilidades en relación a la custodia de los hijos y la división de las propiedades o bienes económicos. Con el divorcio se cambia el estado civil de los implicados” (cf. https://scj.gov.co)Analizando las cosas, más allá de los fines legales y soluciones fáciles ante problemas vitales y complejos, el divorcio en sí mismo, como forma de solucionar los problemas de pareja, lleva a viciar la voluntad de quienes desean y deciden casarse. Incluso, induce a pensar, en el matrimonio como algo transitorio y no como un verdadero proyecto de felicidad.Sin el ánimo de polemizar y obviamente siendo respetuosos de las instituciones del Estado, contrario al divorcio, la Iglesia ha defendido la estabilidad del matrimonio, como unos de los tesoros y punto de partida para constituir verdaderas familias y de paso sociedades y naciones prósperas y sostenibles. La Iglesia sabe que el divorcio trae nuevas heridas y acaba con la familia, la felicidad de las personas, sin lo cual, toda sociedad tarde que temprano sucumbe y se arruina. El Código de Derecho canónico sostiene que “la alianza matrimonial, por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole, fue elevada por Cristo el Señor a la dignidad de sacramento entre bautizados. Por tanto, entre bautizados, no puede haber contrato matrimonial válido que no sea por eso mismo sacramento” (cf. Canon 1055).Nos enseñó el Papa San Juan Pablo II, que “en el matrimonio y en la familia se constituye un conjunto de relaciones interpersonales, relación conyugal, paternidad, maternidad, filiación, fraternidad, mediante las cuales toda persona humana queda introducida en la «familia humana» y en la «familia de Dios», que es la Iglesia” (cf. FC No. 15 del 22 de noviembre del año 1981).La Iglesia encuentra así en la familia, nacida del sacramento, su cuna y el lugar donde puede actuar la propia inserción en las generaciones humanas, y éstas, a su vez, en la Iglesia. La familia al estilo cristiano, hay que apreciarla, predicarla y defenderla. Se requiere amor verdadero por las familias y en esto los pastores y el pueblo de Dios deben ponerle alma, corazón y vida.Es verdad, que en los matrimonios surgen dificultades, a las cuales se les debe buscar solución, a través de la ayuda espiritual, la oración de unos por otros y la terapia dirigida por profesionales. En caso de haber problemas, no se puede posponer su solución. Es por esto, que la Iglesia como institución, se ha venido organizando para ser una verdadera ayuda, en la que se puedan refugiar y apoyar los esposos, sin recurrir a la solución macabra del divorcio para solucionar sus dificultades. A nivel de Conferencia Episcopal, a nivel de las Diócesis y en muchas parroquias, ya se ha logrado bastante en este campo.Por su parte, el Santo Padre, el Papa Francisco, en un encuentro con los Equipos de Nuestra Señora, el 04 mayo 2024, les manifestó que acompañar a los matrimonios hoy en día constituye, una "verdadera misión".“Salvaguardar el matrimonio significa, de hecho, salvar a la familia entera, significa salvar todas las relaciones que se generan en el matrimonio: el amor entre los cónyuges, entre padres e hijos, entre abuelos y nietos; significa salvar el testimonio de un amor que es posible y es para siempre, y en el cual a los jóvenes les cuesta creer. Los niños, en efecto, necesitan recibir de sus padres la certeza de que Dios los ha creado por amor, y de que un día también ellos podrán amar y sentirse amados como lo han hecho mamá y papá. Tengan la certeza de que la semilla del amor depositada por sus padres en los corazones de los hijos, brotará tarde o temprano.” Estas palabras son válidas para la Iglesia colombiana.Por último, como Iglesia, no defendemos lo indefendible. Esto es, que algunos matrimonios celebrados litúrgicamente, no funcionaron, porque fueron nulos, es decir no cumplieron los requisitos necesarios para celebrar válidamente el matrimonio sacramental. Por ello, la normativa canónica, ha contemplado, que haciendo un debido proceso, buscando la verdad, el Tribunal Eclesiástico, con certeza moral y jurídica, a solicitud de los cónyuges o del promotor de justicia, declare nula la boda celebrada. Para esta temática que, sin duda deja preguntas, se pueden acercar a la curia diocesana más cercana y solicitar la debida orientación.+Miguel Fernando González MariñoObispo de El Espinal y Administrador Apostólico de GarzónPresidente de la Comisión Episcopal de Matrimonio y Familia